En nuestra entrega anterior afirmábamos el
innegable sesgo político que se aprecia en polémicas decisiones del Tribunal
Supremo de Justicia, y nos concentrábamos en el caso PODEMOS-Didalco
Bolívar-Ismael García. Hoy revisaremos los sorprendentes –aunque predecibles-
giros que tuvo este caso político.
Confiadamente Didalco Bolívar va al TSJ, a su Sala
Electoral y pide ser amparado y recuperar la dirección del partido. Para su
sorpresa, le dicen que su escrito es confuso, que su denuncia es por
irregularidades presuntamente cometidas por las autoridades de la organización,
en particular del Secretario General, al no haber convocado un proceso
electoral interno para renovar autoridades y no haber consultado a las bases el
apoyo al candidato presidencial Henrique Capriles Radonski. Al no invocar
derechos constitucionales sino a normas estatutarias, su acción fue declarada
inadmisible.
¿Cómo se le ocurre a la Sala Electoral actuar de
acuerdo a derecho, respetar las decisiones del Partido y no pensar en las
consecuencias de tal desacierto político?
Bolívar insiste en su empeño para recuperar el
Partido, en su condición de Secretario General Adjunto, recurre ante la Sala
Constitucional y solicita revisión de la sentencia de la Sala Electoral,
desatino “jurídico” que impide que el partido postule a Chávez y retirar de la
escena a Ismael García para dejarlo sin el Partido para apoyar a Capriles.
La Sala Constitucional sabe que la sentencia de la
Sala Electoral es jurídicamente correcta pero políticamente desastrosa. No le
queda mas remedio que declarar el recurso de revisión inadmisible, pero
nuevamente surge alguien que ilumina a los magistrados que advierten “pudiera
haber una potencial lesión” y, la Sala interviene de oficio y revisa no la
sentencia sino los alegatos; de acuerdo a lo que “descubre”, suspende los
efectos de la sentencia electoral.
De inadmisible el caso pasa a ser admisible y
agrega que el asunto afecta el colectivo y debe salvaguardar los derechos de
participación, suspende la causa (que nunca admitió) y ordena lo que ya
sabemos: nombra una Junta provisional y designa a Bolívar su presidente. Ordena
al CNE que se abstenga de aceptar postulación alguna que derive de acuerdos
hechos por el partido, y además que, el respaldo a Henrique Capriles queda sin
efecto.
Todo quedó arreglado por la Sala Constitucional
para que Bolívar en cumplimiento de una sentencia recuperara el Partido y
postulara a Chávez.
¿Cómo se llama eso? ¿Dónde quedó la consulta a la
base del partido y quien preservó la renovación de las autoridades? ¡Eso no
interesa!
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