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La expropiación como negocio


Parece inútil que la Constitución establezca la garantia del derecho de propiedad y  que sólo puede ser legalmente afectada mediante expropiación; como decía en mi artículo anterior esta garantía se ha transformado en negocio para unos y castigo para otros.
En la última década la mayoría de las denominadas “expropiaciones”  de empresas han sido en realidad negociaciones entre el Estado venezolano y los particulares, en donde se han acordado las adquisiciones con una contraprestación por parte del Estado equivalente al verdadero valor de los bienes adquiridos.  

Existen precedentes donde se han realizado fructíferamente este tipo de transacciones comerciales. Ellas son - entre otras - las siguientes:

1.- SIDOR: El 30 de abril de 2008 el Presidente de la República ordenó la “expropiación” de la Siderurgica, propiedad de un grupo económico argentino denominado TERNIUM. El 7 de mayo de 2009 se acordó un arreglo amigable logrado mediante negociaciones privadas una compensación por sus acciones por USD $ 1.97 miles de millones de dólares.
2.- LAFARGE: El 18 de junio de 2008 el Estado se reservó, mediante Ley, la actividad de producción de cemento, lo cual acarreó que las empresas cementeras - vg. LAFARGE  (empresa francesa)- fuesen “expropiadas” por el Estado.  El 30 de noviembre de 2009, LAFARGE llegó a un arreglo mediante negociaciones por USD $ 247,14 millones de dólares.
3.- El pasado 1 de diciembre CEMEX (empresa Mexicana) llegó a un acuerdo  con el Gobierno para que le paguen 600 millones de dólares por el 75,5% de su filial en Venezuela.
4.- Electricidad de Caracas: El Estado se interesó por el Sector Eléctrico, lo cual significaba que debía tener el control de las empresas encargadas de ello. El 8 de febrero de 2007 mediante negociaciones, acordaron suscribir un memorando con la transnacional estadounidense AES por el 82,14% de las acciones de la EDC por  USD $ 739 millones de dólares.

¿Donde estamos en Venezuela? Ante un gobierno que paga indemnizaciones millonarias en ciertos casos, mientras que a las propiedades nacionales las castiga con la “expropiación”  cuyo  mejor ejemplo es la Ley para la regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, donde se castiga al arrendador con la expropiación en el caso que de reincidencia de las sanciones estabecidas en dicha ley.
Se preguntarán de qué sirve que se garantice en la Constitución el derecho de propiedad y se reconozcan todos sus atributos: usar, gozar, disfrutar y disponer de los bienes de su legítimo dueño cuando el gobierno ha decidido desconocer tal derecho y sí reconocerlo a extranjeros?
¿Cuán importantes son las elecciones para Presidente de la República en este contexto?

1 comentario:

  1. lamentablemente este el desgobierno que tenemos los venezolanos....claridad de la calle....oscuridad de la casa

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