Ningún derecho
fundamental tiene en la Constitución tantas órdenes, prohibiciones y cargas
para el Estado como el derecho al trabajo. El otro derecho que le compite es el
derecho al debido proceso.
Para que toda
persona pueda obtener una ocupación productiva, el Estado tiene que fomentar el
empleo y protegerlo, en condiciones que garantice la igualdad de hombre y
mujer, como tiene la obligación de reconocer el trabajo en el hogar, todo
garantizando al trabajador del sector público o privado, un salario mínimo
vital ajustado cada año, de acuerdo al costo de la cesta básica.
Esto pone de
relieve que el Estado conjuntamente con la iniciativa privada, son los
encargados de promover el desarrollo de la economía nacional con el fin, entre
otros, de generar fuentes de trabajo. Por eso, le corresponde al Estado la
carga de establecer la responsabilidad que corresponda al patrono, en caso de
simulación o fraude que desconozca la aplicación de la legislación laboral, así
como asumir su responsabilidad por las garantías constitucionales no cumplidas.
Otras obligaciones
expresas del Estado venezolano, son crear oportunidades para jóvenes en
capacitación y acceso al primer empleo; asegurar iguales oportunidades,
condiciones laborales satisfactorias y empleo, a personas con necesidades
especiales; garantizar la constitución libre de organizaciones sindicales, así
como afiliarse o no a las mismas; garantizar las relaciones colectivas y la
solución de los conflictos laborales; asegurar que las convenciones colectivas
amparen a todos los trabajadores activos que las suscriban o ingresen con posterioridad;
garantizar a los trabajadores de los pueblos indígenas el goce de los derechos
laborales; y a los trabajadores culturales la incorporación al sistema de
seguridad social.
Hace 12 años, se
instaló la Asamblea Nacional y aún no ha cumplido con la Constitución, en
cuanto a reformar la Ley Orgánica del Trabajo para establecer un nuevo
régimen al derecho de prestaciones sociales, el cual contemplará el pago
proporcional al tiempo de servicio, calculado según el último salario
devengado, estableciendo, un lapso de prescripción de diez años. Igual debe
regular la jornada laboral, buscando su disminución progresiva.
Está cerca el 1º
de mayo, ¿donde esta el proyecto de reforma de la Ley Orgánica del Trabajo?
Los trabajadores no lo conocen, nadie ha podido discutirlo. Hasta la
democracia participativa y protagónica está desapareciendo.
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